Normativas y certificaciones en el sector de la construcción

Hoy más que nunca, las empresas ven la importancia de mostrar y comunicar sus certificados de calidad como una forma de acreditar su cumplimiento con la normativa vigente y como distintivo de garantía y seguridad de los productos y servicios que ofrecen, para posicionarse y ser más competitivo en el mercado actual.

Pero no siempre ha sido así y en concreto para el sector de la construcción en España no es hasta 1957 cuando comienza a hablarse de la necesidad de reglamentarlo mediante la redacción de las Normas Técnicas MV realizada por el Ministerio de la Vivienda, dando paso en 1977 a las Normas Básicas de Edificación (NBE) que suponen un avance en la creación de un marco unificado para toda la normativa de construcción de viviendas. A las NBE se añadieron las Normas Tecnológicas de la Edificación (NTE), especificaciones sin carácter obligatorio, y posteriormente las Soluciones Homologadas de la Edificación (SHE) y los Documentos de Idoneidad Técnica (DIT).

REGLAMENTACIÓN PARA EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN EN ESPAÑA

El CTE es el conjunto de normativas que regulan el sector de la construcción de viviendas en España

Con el objetivo de regular el sector con una nueva normativa de construcción que actualizase los obsoletos conjuntos de normas anteriores, en Noviembre de 1999 se publica la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) donde se insta al Gobierno para la publicación de un Código Técnico de la Edificación (CTE) que establezca las exigencias mínimas que debe cumplir una vivienda para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad. El CTE se aprueba finalmente mediante Real Decreto en 2006 y sirvió para garantizar el cumplimiento de las Directivas Europeas y avanzar en materia de sostenibilidad económica, energética y medioambiental.

Desde entonces el CTE ha sufrido varias modificaciones comenzando a hablarse por primera vez de “Limitación de la Demanda Energética” a través de la envolvente del edificio fomentando la innovación en materiales de construcción, entre otros. Así, se establecen valores límites para la transmitancia de elementos concretos de la envolvente y valores medios de la envolvente del edificio mejorando así la sostenibilidad.

En el CTE de 2013 comienza ya a hablarse de la Demanda Energética del Edificio poniendo el foco en el consumo energético del mismo, haciéndose más restrictivas las limitaciones de los valores de transmitancia permitidos, principalmente en lo referente a fachadas, incluyéndose criterios como la orientación, puentes térmicos, tipo de ventilación, entre otros, que no se habían considerado hasta ahora.

En 2013 se limitan los valores de transmitancia para las fachadas como medida para reducir la demanda energética

El Código Técnico se divide en 6 Documentos Básicos (DB):

  • Seguridad estructural
  • Seguridad en caso de incendio
  • Seguridad de utilización
  • Higiene, salud y protección del medio ambiente
  • Protección contra el ruido
  • Ahorro de energía y aislamiento térmico

 

Cada uno de estos Documentos Básicos se subdivide a su vez en varios temas siendo uno de ellos, el HE1 “Limitación de la demanda energética” dentro del DB “Ahorro de energía y aislamiento térmico”, en el que se encuadra la ventana como uno de los elementos que juega un papel más determinante en el aislamiento y por consiguiente en el ahorro energético y la sostenibilidad, y para el que se establecen una serie de parámetros de obligatorio cumplimiento como son:

  • Transmitancia térmica
  • Condensación superficial
  • Resistencia a las acciones del viento
  • Permeabilidad al aire
  • Propiedades frente a la radiación solar
  • Aislamiento al ruido aéreo
Para cumplir con las limitaciones del HE-1 es necesario trabajar carpinterías y vidrios con una transmitancia lo más baja posible

REGLAMENTACIÓN PARA LOGRAR LAS CERTIFICACIONES DE CONSTRUCCIÓN EN EUROPA

El marcado CE exige el control de producción en fábrica para la comercialización de ventanas en la UE

Aquellos fabricantes que quieran comercializar sus productos en el contexto comunitario, han de seguir el marco legislativo europeo que se rige por el Reglamento de productos de construcción, aprobado en 2011. En este Reglamento se engloban las normas armonizadas europeas, en algunos casos voluntarias, que establecen las especificaciones idóneas para satisfacer los requisitos de máxima seguridad de acuerdo a la legislación europea y por lo tanto, la libre circulación del producto en la UE.

En aquellos productos en los que el fabricante haya emitido una declaración de conformidad del producto con los requisitos comunitarios, según la norma armonizada de la Norma Europea EN que le corresponda, es de obligatorio cumplimiento el marcado CE de manera legible y visible, para que éstos puedan circular libremente en territorio comunitario y que para el fabricante incluye también el control de producción en fábrica.

 

NORMATIVA DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

La marca N de AENOR es símbolo de la calidad y seguridad de ventanas

Existen varios organismos encargados de la elaboración, difusión y aplicación de las normas que se emplearán en actividades de diversa índole, facilitando así la adaptación de los productos y servicios a los fines para los que están destinados y teniendo cada vez más peso la búsqueda de la calidad y la protección del medio ambiente. En España la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR) es el Organismo Nacional encargado de desarrollar la normalización y certificación conforme al Reglamento sobre Normalización Europea a través de los documentos normativos UNE (Una Norma Española) que elaboran los Comités Técnicos de Normalización (CTN).

En Europa, la organización encargada de desarrollar los estándares y especificaciones europeos para que productos y servicios de diversos sectores puedan competir en el mercado europeo es el Comité Europeo de Normalización (CEN) y en concreto para la carpintería exterior es el Comité Técnico CEN TC 33: Ventanas, puertas, persianas, herrajes, entre otros.

En España AENOR se encarga de recoger las normas UNE-EN, que son normas AENOR con estándares europeos.

¿Qué nos dice la normativa en lo referente a las ventanas de nuestras viviendas?

Existen varias normas que el fabricante de ventanas ha de seguir, algunas de las cuales indicamos a continuación:

Norma UNE-EN 14351-1:2006+A: 2017 es la norma europea que identifica las características de prestación aplicables a las ventanas y puertas peatonales exteriores

UNE-EN 16034:2015, define los requisitos para puertas y ventanas con características de resistencia al fuego y/o control de humo

UNE-EN 673:2011. Se refiere al vidrio en la construcción, determinando el coeficiente de transmisión térmica (valor U)

UNE-En 12608 especifica los requisitos que han de tener los perfiles de PVC para la fabricación de ventanas y puertas. Clasificación, requisitos y métodos de ensayo.

UNE-EN 514 describe el procedimiento que el fabricante debe efectuar durante la fabricación de las ventanas de PVC como son, ensayos periódicos para garantizar la resistencia de las esquinas y uniones soldadas.

UNE-EN 1026:2017. Prevé que la permeabilidad al aire de las ventanas se determine usando el método de ensayo, con presiones positivas y presiones negativas.

UNE-En 12207. Establece una clasificación con valores numéricos de permeabilidad al aire para puertas y ventanas

UNE-EN 12208:2000. Establece valores de estanqueidad al agua para ventanas y puertas

UNE-EN 12210:2000 .Establece valores de resistencia al viento para ventanas y puertas

Contacta con VEKA Ibérica para más información sobre normativas referidas a la fabricación de ventanas.